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Corte Constitucional anula normas sobre trabajo los sábados para servidores públicos del Guayas

Corte Constitucional anula normas sobre trabajo los sábados para servidores públicos del Guayas

El máximo tribunal declaró inconstitucionales tres artículos de un acuerdo ministerial que permitía actividades complementarias en días no laborables, afectando la planificación de instituciones públicas locales.

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La Corte Constitucional de Ecuador ha emitido una resolución que declara la inconstitucionalidad de tres artículos contenidos en un acuerdo ministerial. Esta decisión judicial elimina el marco normativo que había habilitado a las instituciones del Estado para desarrollar "actividades complementarias" durante los días sábados, marcando un hito en la regulación de la jornada laboral del sector público.

La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por representantes de tres organizaciones vinculadas al gremio de educadores y a servidores públicos. Estas entidades argumentaron que las disposiciones impugnadas vulneraban los derechos laborales y la estructura legal vigente, lo que llevó al máximo tribunal a revisar y finalmente invalidar dichas cláusulas del acuerdo ministerial.

Para el sector público en Guayaquil y sus cantones, esta sentencia implica un retorno al marco regulatorio anterior. Las instituciones gubernamentales locales deberán ajustar sus cronogramas de atención y gestión administrativa, asegurando que las actividades oficiales se realicen estrictamente dentro de los días y horarios laborales establecidos por la ley, sin la posibilidad de extenderlas a los sábados bajo la figura de "complementarias".

La resolución refuerza la seguridad jurídica en las relaciones laborales del Estado. Para los trabajadores públicos de la provincia, el fallo garantiza el respeto a su tiempo libre y a la normativa constitucional, mientras que para la administración pública, establece límites claros en la organización del servicio, requiriendo una mayor eficiencia dentro de la jornada laboral estándar.

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